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Las prácticas salariales uniformes pueden dar lugar a dudas comunes entre un grupo de empleados. Una norma de redondeo, una deducción automática por comida, una prima que no se incluye en la tarifa de horas extras o una clasificación aplicada a un puesto de trabajo afecta a todas las personas a las que se aplica. Demostrar que existía una política no prueba automáticamente la reclamación de cada empleado, ni establece por sí sola que deba certificarse una demanda colectiva.
La legislación de Minnesota contempla directamente las reclamaciones colectivas. El § 177.27, apartado 9, del Código de Minnesota establece que uno o varios empleados pueden interponer una demanda. Esto no constituye en sí mismo una demanda colectiva, y conviene comprender la diferencia entre ambas antes de nada.
Este artículo describe la Norma 23 de Procedimiento Civil de Minnesota, que regula las demandas colectivas en los tribunales estatales de Minnesota. Las reclamaciones salariales basadas en la legislación estatal que se interponen como demandas colectivas ante los tribunales federales se rigen, desde el punto de vista procesal, por la Norma 23 de Procedimiento Civil Federal.
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Tres formas diferentes de estructurar una demanda colectiva
| Estructura | Cómo se incorporan las personas | Qué cubre |
| Múltiples demandantes identificados conforme a § 177.27, subd. 9 | Cada persona es identificada en la demanda desde el inicio | Lo que reclamen los empleados identificados; no se requiere certificación judicial para añadir demandantes identificados |
| Demanda colectiva por daños conforme a Rule 23.02(c) en un tribunal estatal | Los miembros quedan incluidos a menos que soliciten ser excluidos, después de recibir el aviso obligatorio | Reclamaciones salariales estatales, cuando el tribunal determina que se cumplen los requisitos de Rule 23. Las clases certificadas conforme a Rule 23.02(a) o (b) no tienen el mismo derecho automático de exclusión |
| Acción colectiva conforme a la FLSA en un tribunal federal | Los miembros quedan incluidos únicamente si presentan un consentimiento por escrito para incorporarse | Reclamaciones federales de salario mínimo y horas extra conforme a la Ley de Normas Laborales Justas (FLSA) |
Fuente: Minn. Stat. § 177.27, subapartado 9; Minn. R. Civ. P. 23; Ley de Normas Laborales Justas, 29 U.S.C. § 216(b). Verificado el 5 de septiembre de 2026.
La distinción entre «opt-in» y «opt-out» en las dos últimas filas es la que suele confundir a la gente. Que un miembro de la demanda colectiva pueda excluirse depende de la categoría de la Norma 23: los miembros de una demanda colectiva por daños y perjuicios conforme a la Norma 23.02(c) tienen derecho a solicitar la exclusión, mientras que las Normas 23.02(a) y (b) no prevén el mismo derecho automático de exclusión. En una acción colectiva en virtud de la FLSA, quedas excluido a menos que presentes un consentimiento por escrito. Un caso puede implicar ambas estructuras a la vez, por lo que las notificaciones a veces te piden tanto que realices un trámite para unirte a una parte como que realices otro para separarte de otra.
Lo que exige la Regla 23
La Regla 23.01 de las Normas de Procedimiento Civil de Minnesota (Minn. R. Civ. P.) establece cuatro requisitos previos, y deben cumplirse los cuatro antes de que se pueda certificar una demanda colectiva. Uno o más miembros pueden demandar como partes representativas en nombre de todos únicamente si:
Numerosidad. La clase es tan numerosa que resulta impracticable la incorporación de todos los miembros.
Comunidad. Existen cuestiones de derecho o de hecho comunes a la clase.
Típicidad. Las reclamaciones o defensas de las partes representativas son típicas de las reclamaciones o defensas de la clase.
Adecuación. Las partes representativas protegerán de forma justa y adecuada los intereses de la clase.
Cuando una reclamación salarial se basa en una práctica uniforme, la cuestión común puede formularse de manera concreta: ¿aplicó el empresario esta práctica y era lícita? Se decide caso por caso si eso es suficiente para cumplir cada requisito previo.
Qué categoría de la Regla 23.02 se ajusta
Cumplir la Regla 23.01 es solo el primer paso. El caso también debe ajustarse a una de las categorías de la Regla 23.02.
La Regla 23.02(a) aborda el riesgo de resoluciones contradictorias que establecerían normas de conducta incompatibles para el empresario, o de resoluciones individuales que, en la práctica, dejarían de lado los intereses de los miembros ausentes. La Regla 23.02(b) se aplica cuando el empresario ha actuado o se ha negado a actuar por motivos de aplicación general al colectivo, lo que hace que una medida cautelar o declarativa definitiva sea adecuada para el colectivo en su conjunto. Ninguna de estas situaciones conlleva el derecho a excluirse, y la notificación se realiza por orden del tribunal.
La norma 23.02(c) se refiere a la categoría de daños y perjuicios. Exige que el tribunal determine que las cuestiones comunes predominan sobre las que afectan únicamente a miembros individuales, y que una acción colectiva es preferible a otros métodos disponibles para resolver la controversia de manera justa y eficiente. La norma enumera cuatro aspectos pertinentes para dichas conclusiones: el interés de los miembros en controlar individualmente acciones separadas, el alcance y la naturaleza de los litigios ya iniciados por los miembros, la conveniencia de concentrar el litigio en un foro concreto y las dificultades que probablemente se planteen en la gestión de la acción colectiva.
Las diferencias entre los empleados pueden ser relevantes para ese análisis. Las variaciones en los horarios, en las funciones, en el ámbito de aplicación, en si un trabajador concreto se vio realmente afectado por la práctica impugnada, o en el cálculo de los daños y perjuicios pueden influir en que predominen las cuestiones comunes.
Notificación y derecho a excluirse
En el caso de una clase certificada con arreglo a la Norma 23.02(c), el tribunal debe remitir a los miembros de la clase la mejor notificación posible dadas las circunstancias, incluida la notificación individual a todos los miembros que puedan identificarse mediante un esfuerzo razonable. La notificación debe indicar, en un lenguaje sencillo y fácilmente comprensible, la naturaleza de la acción, la definición de la demanda colectiva, las reclamaciones y las cuestiones o defensas de la misma, y que un miembro puede comparecer a través de un abogado.
Esa notificación es la forma en que la mayoría de los miembros de la demanda colectiva se enteran por primera vez de que existe un caso. También incluye el plazo para solicitar la exclusión.
Ser excluido significa conservar la propia reclamación y el derecho a demandar por separado. Permanecer en la demanda significa quedar vinculado por el resultado, sea favorable o no. La norma 23.05(c) permite que un tribunal conceda una segunda oportunidad para excluirse en el momento del acuerdo, de modo que los miembros que permanecieron en la demanda inicialmente puedan reconsiderar su decisión una vez que se conozcan los términos concretos.
Lo que la certificación no decide
La certificación es una decisión sobre la estructura, más que sobre quién gana. Una demanda colectiva certificada significa que el caso se litigará de forma colectiva; no significa que el empleador haya infringido nada.
La resolución que certifica una demanda colectiva define las reclamaciones, las cuestiones y las defensas de la misma, y el tribunal debe designar a los abogados de la demanda colectiva conforme a la Norma 23.07. Las decisiones de certificación están sujetas a revisión en apelación de forma discrecional conforme a la Norma 23.06, lo cual es una de las razones por las que estos casos pueden llevar tiempo.
Cómo funcionan las indemnizaciones para todo el grupo
En el caso de las reclamaciones contempladas en el § 177.27, apartado 8 —es decir, las infracciones de los artículos 177.21 a 177.44 y del § 181.165—, un empleador que pague menos de los salarios, propinas y horas extras adeudados será responsable del importe total, más una cantidad adicional equivalente en concepto de indemnización por daños y perjuicios. En virtud de la subdivisión 10, el tribunal deberá ordenar al empresario al que se haya declarado culpable de una infracción que pague las costas, los gastos, los honorarios de los testigos y los honorarios de los abogados que sean razonables. Las reclamaciones en virtud de los artículos del capítulo 181 enumerados en el artículo 181.171, subdivisión 1, conllevan las medidas correctivas del artículo infringido, junto con una indemnización por daños y perjuicios y los honorarios obligatorios de la subdivisión 3, por lo que no todas las reclamaciones colectivas relacionadas con los salarios conllevan la duplicación de la cuantía.
Un déficit recurrente que afecte a muchos trabajadores puede generar un riesgo agregado significativo. El hecho de que las reclamaciones puedan demostrarse con pruebas comunes o requieran pruebas individualizadas forma parte del análisis de certificación. Las disposiciones sobre honorarios obligatorios implican, por otra parte, que las reclamaciones salariales individuales pueden ser viables por sí mismas, por lo que la estructura colectiva es una opción más, y no la única vía para obtener una reparación.
El artículo 177.27, apartado 8, añade un punto relevante en los casos colectivos: un acuerdo entre el empleado y el empresario para trabajar por un salario inferior al aplicable no constituye una defensa frente a la demanda.
De dónde proceden estos casos
Las prácticas que generan demandas colectivas salariales son aquellas arraigadas en los sistemas, más que las aplicadas por gestores individuales.
Deducciones automáticas por comidas aplicadas a turnos que se trabajaron íntegramente. Redondeo de horas que favorece sistemáticamente al empresario. Las tareas de preparación, limpieza o controles de seguridad consideradas fuera del turno. Las primas no discrecionales excluidas de la tarifa normal utilizada para calcular las horas extras. Las clasificaciones de exención aplicadas a todo un puesto de trabajo sin evaluar las funciones. Las clasificaciones como contratistas independientes aplicadas a toda la plantilla.
Estas cuestiones pueden surgir en cualquier lugar donde se gestione una gran plantilla remunerada por horas mediante un control de horario uniforme, incluyendo los sectores de almacenamiento, asistencia sanitaria, restauración, comercio minorista, reparto y construcción. Nuestra página sobre salarios impagados a trabajadores de almacenes de Minneapolis aborda uno de esos contextos.
Qué hacer si crees que te encuentras en una de estas situaciones
Si has recibido una notificación, lee primero los plazos. Habrá una fecha límite antes de la cual deberás actuar si deseas ser excluido de una demanda colectiva en virtud de la Regla 23, y puede haber otra fecha límite para presentar tu consentimiento para unirte a una reclamación en virtud de la FLSA.
Si no has recibido una notificación y crees que una práctica ha afectado tanto a tus compañeros de trabajo como a ti, el primer paso útil es el mismo que para una demanda individual. Reúne tus nóminas, anota en qué consistía la práctica y a cuántas personas afectaba aproximadamente, y haz que se evalúe el cálculo. La decisión de si es mejor presentar el caso de forma individual, con varios demandantes nombrados o como demanda colectiva es una decisión estratégica que depende de la práctica, del tamaño del grupo y de las pruebas disponibles.
En cuanto a la participación en reclamaciones que defienden los derechos salariales en Minnesota, el art. 181.03, apartado 6, del Código de Minnesota (Minn. Stat.) prohíbe expresamente las represalias y establece una sanción civil de entre 700 y 3.000 dólares por infracción. La legislación federal prohíbe también las represalias por presentar o participar en un procedimiento en virtud de la FLSA, según el art. 215(a)(3) del título 29 del Código de los Estados Unidos (29 U.S.C.).
Nuestra página sobre ayuda con los salarios impagados en Minneapolis explica en qué consiste una reclamación, y la sección de derecho laboral de Minnesota de nuestro bufete abarca las demás áreas de las que nos ocupamos.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que hacer algo para unirme a una demanda colectiva por salarios?
Depende de la estructura. En una demanda colectiva por daños y perjuicios certificada en un tribunal estatal conforme a la Regla 23.02(c), los miembros quedan incluidos una vez certificada la demanda colectiva y deben solicitar su exclusión si no desean participar; las demandas colectivas certificadas en virtud de la Regla 23.02(a) o (b) no conllevan el mismo derecho automático de exclusión voluntaria. En una acción colectiva en virtud de la FLSA, no se forma parte del caso a menos que se presente un consentimiento por escrito para sumarse. Un caso puede incluir ambas modalidades, por lo que conviene leer atentamente cualquier notificación.
¿Me cuesta algo unirme a la demanda?
La legislación de Minnesota exige que un tribunal que declare una infracción ordene al empresario el pago de los gastos razonables, los desembolsos, los honorarios de los testigos y los honorarios de los abogados del empleado, con arreglo al artículo 177.27, apartado 10, para las reclamaciones que entren en el ámbito de dicho apartado, y con arreglo al artículo 181.171, apartado 3, para las secciones del capítulo 181 que en él se enumeran. Una acción colectiva en virtud de la FLSA tiene su propia disposición federal sobre honorarios en el artículo 216(b) del título 29 del Código de los Estados Unidos (29 U.S.C. § 216(b)), que permite el pago de honorarios y costas razonables de abogados al demandante que gane el caso. Cualquier acuerdo sobre honorarios con el abogado es una cuestión aparte que debe acordarse por escrito desde el principio.
¿Puede mi empleador despedirme por formar parte de una de estas acciones?
Se aplican dos cuerpos legislativos. El § 181.03, apartado 6, del Minn. Stat. establece que es ilegal que un empleador despida, sancione, penalice o tome represalias de cualquier otro modo contra un empleado por hacer valer sus derechos en virtud de las leyes estatales sobre salarios, con una multa civil de entre 700 y 3.000 dólares por infracción. La legislación federal prohíbe, por su parte, despedir o discriminar a un empleado por presentar una denuncia o iniciar un procedimiento en virtud de la FLSA, según lo establecido en el 29 U.S.C. § 215(a)(3). Las represalias constituyen una reclamación independiente en ambos sistemas.
¿Qué ocurre si he firmado algún documento en el que acepto mi salario?
El artículo 177.27, apartado 8, establece que un acuerdo entre el empleado y el empleador para trabajar por un salario inferior al aplicable no constituye una defensa frente a la demanda. Por otra parte, algunos contratos de trabajo contienen cláusulas de arbitraje o de renuncia a demandas colectivas, y la aplicabilidad de las mismas es una cuestión que debe revisarse, en lugar de darse por sentada en ningún sentido.
¿Cuánto tiempo duran estos casos?
Las demandas colectivas pueden llevar bastante tiempo, ya que la propia certificación puede ser objeto de litigio antes de que se examine el fondo del asunto, y las resoluciones de certificación están sujetas a revisión discrecional en apelación con arreglo a la Norma 23.06. La duración varía según el caso. Una vez enviada la notificación, el proceso no suele exigir mucho a los miembros individuales de la demanda colectiva.
Este artículo explica la legislación de Minnesota y las Normas de Procedimiento Civil de Minnesota en términos generales y no constituye asesoramiento jurídico. Que una demanda pueda tramitarse de forma colectiva o como acción colectiva depende de los hechos y de la decisión del tribunal sobre la certificación. Para obtener asesoramiento sobre su situación, consulte a un abogado colegiado.